Sin duda, ser detenidos es una situación complicada, pero es importante saber cómo reaccionar.
El origen de una detención puede tener diferentes orígenes, que incluso pueden llegar a ser fortuitos. Por lo tanto, ante la expresión “¡Me han detenido, ¿Qué hago ahora?” hay una serie de claves que debes determinar para definir qué hacer, y te las exponemos a continuación.
Me han detenido… ¿Qué debo hacer?
Clave Nº 1, la razón de la detención
Una detención siempre tendrá una razón, y es principalmente por una transgresión del Código Penal o por estar involucrado en un procedimiento judicial y no presentarse a comparecer ni justificar la ausencia. Siempre se debe cumplir el protocolo de detención por los cuerpos de seguridad, que te trasladarán a una dependencia policial, siempre en un coche identificado.
Clave Nº 2, saber los derechos que tienes como detenido en la dependencia policial
Al llegar a este lugar se te informará por escrito la razón de la detención. Entre los derechos que tiene el detenido están: decidir donde prestará su declaración, si en la dependencia policial o no; si tendrá asistencia por abogado particular o por uno de oficio; hacer una llamada telefónica, en el caso de ser extranjero, comunicarse con el consulado de su país. Se puede solicitar un Habeas Corpus, llenando un formulario donde se indique la consideración de que la detención es arbitraria. También se firma la información de derechos.
Clave Nº 3, ¿Qué hacer al ser ingresado al calabozo?
Aquí el detenido es inspeccionado para constatar no tenga algún objeto que no está permitido, los cuales serán devueltos al estar en libertad. Es notificado sobre las condiciones en las que estará durante su permanencia en el calabozo. Se evita que el detenido esté con otros en la misma celda siempre y cuando sea posible.
El detenido recibirá trato médico y alimentación pertinente y se le realizará una reseña fotográfica.
Clave Nº 4, la toma de declaración
Esta se realiza previa llegada del abogado y conversación privada del detenido con éste. Los abogados de oficio actuarán gratuitamente en casos como víctimas de terrorismo, violencia de género, entre otras. Después de cumplir el tiempo de la entrevista con el abogado se procederá a la toma de declaración, que siempre quedará por escrito. Posteriormente, el detenido puede volver a entrevistarse con el abogado.
Clave Nº 5, la visita al juzgado
Una vez realizado todo este procedimiento, son remitidas al juez todas las diligencias, y oportunamente se traslada el detenido al juzgado. Al cumplirse los procedimientos dentro del juzgado, el detenido es presentado ante el juez en presencia de un fiscal y abogado defensor con el que ya ha tenido contacto.
Allí se puede decidir la libertad, la necesidad de aportar un domicilio para ser notificado en la realización de un futuro juicio o la orden de ir a prisión, para lo cual debe haber constancia de la comisión de delitos que tengan una pena grave superior a tres años.
Lo ideal es no tener que pasar por una detención, pero nunca está de más la preparación ante esto pueda llegar a ocurrir. El acompañamiento legal será muy importante.