21.05.2020 – Publicado por Municio | Cuervas Abogados
¡Estamos de enhorabuena!
Hoy recibimos notificación de la Sentencia núm. 67/2020, de 20.05.20, del Juzgado de Primera Instancia 4 de Cáceres, que DESESTIMA íntegramente la demanda de una entidad financiera y, además, le CONDENA a abonar a nuestro cliente la suma 682,48 €, todo ello con imposición de costas a la parte contraria.
Las principales circunstancias del asunto fueron las siguientes:
· Entidad financiera demandó a nuestro cliente en reclamación de 4.765,28 euros, importe de la presunta deuda pendiente por el uso de una tarjeta de crédito.
· Nos opusimos a la demanda argumentando la existencia de interés usurario (26,82% TAE), completamente desproporcionado, declarándose nulos los intereses remuneratorios y la comisión por reclamación de impagos.
· Partiendo de esas nulidades, demostramos que nuestro cliente había abonado de más a la parte demandante, por el uso de la tarjeta ‘revolving’, la suma de 682,48 euros.
Es decir, el cliente al que se le reclamaban inicialmente 4.765,28 euros por impagos, no sólo consigue que no deba pagar esa cantidad, sino que, además, recibirá de la entidad financiera el abono de 682,48 euros.
Es el momento de analizar estos asuntos, pues aunque se deje de utilizar la tarjeta, la deuda sigue creciendo. Desde Municio | Cuervas Abogados podemos analizar y encauzarte esta reclamación. Llámanos y te ayudaremos a cancelar el contrato para deshacerte de la deuda pendiente, recuperando, además, todo el dinero que hayas pagado de más.